Milei consuma el golpe a la democracia: Suspenden las PASO y silencian la voz del pueblo

El Gobierno oficializó la suspensión de las PASO 2025 con la promulgación de la Ley 27.783, que elimina las primarias nacionales y modifica el calendario electoral

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En una maniobra que recuerda a las peores épocas de nuestra historia, el gobierno de Javier Milei oficializó este viernes la suspensión de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) a nivel nacional para las elecciones de 2025, a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 27.783. Una ley que, vale recordar, fue sancionada con la colaboración de sectores cómplices del Congreso el pasado 20 de febrero.

¿Los nombres detrás de esta afrenta a la voluntad popular? Bartolomé Abdala, presidente provisional del Senado; Martín Menem, presidente de la Cámara de Diputados; Agustín Wenceslao Giustinian, secretario parlamentario del Senado; y Adrián Pagán, secretario parlamentario de Diputados. Que sus nombres queden grabados en la memoria de quienes defendemos la democracia.

¿Ahorro o censura? El verdadero motivo detrás de la medida

Desde el gobierno intentan vendernos esta medida como un simple “ahorro” de recursos. Pero no nos engañemos, compañeros y compañeras. La eliminación de las PASO es un ataque directo a la participación ciudadana y a la transparencia del proceso electoral. Es una forma de silenciar la voz del pueblo y de concentrar aún más el poder en manos de una élite que desprecia los derechos de la mayoría.

Con la suspensión de las PASO, los partidos políticos deberán definir sus candidatos a través de mecanismos internos, lejos de la mirada y la opinión de la gente. Esto abre la puerta a la imposición de candidatos funcionales al poder de turno y dificulta la construcción de alternativas políticas que representen los intereses del pueblo.

¿Qué dice la Ley 27.783? Un análisis detallado

El artículo 1° de la ley es claro: se suspenden las PASO y todas las obligaciones relacionadas con su organización. El artículo 2° establece que se aplicarán los plazos del Código Electoral Nacional y la Ley 23.298, pero con modificaciones que se ajustan a la eliminación de las primarias. El artículo 3° indica que el sorteo de espacios en medios para publicidad electoral se realizará dos días después de la oficialización de listas. Y el artículo 4° establece que la ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

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